La prueba de alcoholemia es una herramienta que tiene como propósito garantizar la seguridad vial y proteger a los usuarios de las vías públicas. En esencia se trata de una medida preventiva, pues permite a las autoridades de tráfico evaluar si un conductor está bajo los efectos del alcohol, lo que compromete su capacidad para la conducción segura. Por lo tanto, ningún conductor puede negarse a realizar la prueba de alcoholemia.
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Tiene también un efecto persuasivo, pues el temor a enfrentarse a un control en cualquier momento mueve a muchos conductores respetar los límites legales de consumo de alcohol.
Pero además, es un mecanismo que habilita las sanciones. La prueba de alcoholemia es el punto que determina si un conductor está cometiendo una infracción de la normativa, el nivel de la misma y si puede tipificarse como delito.
Todo conductor está obligado a someterse a la prueba de alcoholemia y otras sustancias tóxicas cuando un agente de tráfico se lo requiera. Esta obligación implica sanciones para quien se niegue a que se le aplique la prueba.
En caso de que el conductor vaya a ser procesado por haberse negado, la asistencia de un abogado especialista en tráfico le asesorará y guiará en el camino a seguir.
La prueba de alcoholemia en la legislación española
La legislación española reconoce la importancia de que los conductores respeten la obligación de someterse a la prueba de alcoholemia cuando una autoridad se lo solicita.
El artículo 383 el Código Penal, que se encuentra en el capítulo «Delitos contra la seguridad vial», se refiere específicamente a las pruebas entre las que se encuentran la de alcoholemia.
En él se dispone que el conductor que se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas, será castigado con pena de prisión de seis meses a un año. Además, este artículo indica que se podrá prohibir el derecho a conducir vehículos a motor por tiempo entre uno y cuatro años.
Delito de desobediencia, tipificado en el artículo 556 del Código Penal
Algunos juristas entienden que negarse a hacerse la prueba de alcoholemia requerida por una autoridad, en determinados casos cuando se ejerce de forma activa puede dar lugar a la comisión del delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal.
En él se dispone que los que resistieren o desobedecieran gravemente a la autoridad o a sus agentes que cumplen sus funciones, serán castigados con la pena de uno a tres meses de prisión.
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, artículo 21
El artículo 21 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, marca la obligación de someterse a las pruebas para la detección de alcohol o de drogas en el organismo.
En el mismo artículo se establecen, además, las situaciones en las que los agentes de autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán exigir dichas pruebas.
¿Cuándo se puede pedir a un conductor que realice la prueba de alcoholemia?
Existen diferentes contextos en los cuales las autoridades pueden solicitar a un conductor que se someta a la prueba de alcoholemia. Los casos principales son los siguientes:
Control rutinario preventivo
En determinadas carreteras y calles se pueden establecer controles aleatorios que son preventivos. No se requiere que exista sospecha de que el conductor ha consumido alcohol.
Sospecha de que el conductor maneja bajo efectos de alcohol
Si existe un comportamiento sospechoso que permita sospechar que el conductor ha consumido alcohol, se puede solicitar la prueba.
Infracción de tráfico
Si un conductor comete una infracción de tráfico, un agente puede solicitar prueba de alcoholemia como parte del procedimiento.
Accidente de tráfico
En este caso, la prueba de alcoholemia se requerirá a todos los conductores y otros usuarios de las vías públicas implicados en el accidente.
¿Cuándo es delito y cuándo puede ser considerada infracción administrativa el negarse a realizar la prueba de alcoholemia?
A pesar de que la negación a la prueba de alcoholemia se define como un delito en el Código Penal, hay situaciones en las que las autoridades pueden considerarla una infracción administrativa.
¿En qué casos es delito o falta administrativa?
Una de las condiciones para que la negativa a la prueba de alcoholemia se considere delito es cuando existen síntomas inequívocos de embriaguez.
¿Y qué pasa en el caso de que no existan tales síntomas? El Código Penal no establece diferencias claras, pero la jurisprudencia ha generado doctrina. Los tribunales suelen entender que la negativa no es delito sino una conducta sancionada administrativamente en determinadas situaciones.
La sentencia del Tribunal Supremo del 19 de diciembre de 2002, establece que se debe entender que existe delito en los siguientes casos:
- Cuando el conductor sea parte involucrada en un accidente vial.
- Cuando el conductor muestra síntomas de embriaguez fácilmente evidenciables que influyan en sus capacidades psicofísicas en el ejercicio de la conducción.
a misma sentencia el Tribunal entiende que la negativa debería ser considerada una infracción administrativa en las siguientes situaciones:
- Negativa a la prueba de alcoholemia en un control preventivo.
- Existencia de una denuncia de haber infligido la normativa administrativa vigente.
En síntesis, negarse a realizar la prueba de alcoholemia solo se constituye en delito si el conductor participó en un siniestro de tráfico o si muestra comportamientos que evidencien la influencia de la ingesta de alcohol sobre la conducción. En cualquier otro caso que pudiera suceder, será considerada infracción administrativa.
Quedan lagunas normativas en las que la responsabilidad de las definiciones cae en el agente de tráfico que solicita la prueba. Por ejemplo, cuando se presenta la cuestión de determinar comportamientos que evidencien consumo de alcohol, por ejemplo.
En todos los casos, los agentes tienen el deber de advertir a los conductores de que si se niegan a la prueba pueden estar cometiendo un delito. Si se omite esta información, el conductor quedaría exento de toda sanción.
¿Cuáles son las sanciones en cada caso?
Las sanciones serán diferentes según si la negativa a someterse a la prueba se considera infracción administrativa o delito penal.
- Infracción administrativa. Se puede sancionar con multa entre 500 y 1000 euros. Además, también puede aplicarse la retirada de entre 4 y 6 puntos del carnet de conducir.
- Si la negativa se tipifica como delito, la sanción puede ser entre 6 meses y 1 año de prisión. Se sumará a estas penas la prohibición de conducir durante un período de entre 1 y 4 años.
En caso de delito, el conductor se enfrentará un juicio rápido y registrará antecedentes penales que no podrá cancelar hasta transcurridos 2 años.
¿Cómo debe actuar el agente de tráfico frente a una negativa de un conductor de someterse a la prueba de alcoholemia?
Para que se considere legalmente que existió negativa a cumplir con la prueba de alcoholemia a fin de aplicar sanciones, deben cumplirse ciertas condiciones:
- Los agentes de seguridad debe comunicar claramente al conductor que debe realizarse la prueba.
- El conductor responderá directamente que se niega a cumplir con este requisito.
- Los policías o guardias civiles informarán al conductor que su negativa puede ser sancionada.
- El conductor persiste en su negativa.
La intención de este procedimiento es dar seguridad jurídica al conductor. Se requiere comprobar que entiende la situación y que es consciente de lo que implica la negativa.
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia siempre es perjudicial para el conductor. La normativa es diversa y un profesional abogado podrá encontrar caminos para que el resultado afecte lo menos posible a su cliente.




