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Puedo negarme a hacer la prueba de alcoholemia

¿Pueden las personas negarse a realizar la prueba de alcoholemia a requerimiento de los agentes?

Hay ocasiones en que, ante el requerimiento de los agentes a un conductor para que realice la prueba de alcoholemia, este se niega. Si ha consumido alcohol, la negativa puede ser precisamente, como una reacción para evitar las consecuencias que sabe que vendrán.
Escucha un resumen de este artículo:

El conductor intentará convencer a los agentes de que no es necesario. Argumentará que viaja cerca y que está a un paso de su destino e inventará otras excusas que, en ese momento de tensión, piensa que lo pueden salvar.

En el caso de que no haya consumido alcohol, puede negarse porque considera que el control es injusto. Algunos creen que si se niegan no pasará nada, porque en realidad, si ser hiciera la prueba el resultado sería negativo.

Los conductores deben saber que la prueba de alcoholemia no es una opción voluntaria. Es una obligación. Y negarse es un delito penal.  

La negativa a la prueba de alcoholemia en el Código Penal

El Código Penal contiene la descripción de los delitos y regula sus penas. ¿Por qué negarse a la prueba de alcoholemia es delito? La ley siempre prioriza preservar el interés general, la seguridad pública, en este caso en el tráfico.  En este contexto, se entiende que la negativa voluntaria a someterse al control de alcoholemia pone en riesgo a terceros.

La negativa se considera un acto de resistencia a la autoridad. Si no existiera sanción penal, se generaría una impunidad que afectaría la seguridad vial.

El artículo 383 del Código Penal establece que realizar la prueba de alcoholemia cuando las autoridades lo solicitan es un deber legal.  Y negarse a la prueba es delito de desobediencia, independientemente de que el conductor haya consumido o no alcohol y de que esté conduciendo con prudencia o muestre comportamientos dudosos.

¿Cuáles es la sanción por negarse a la prueba de alcoholemia?

El artículo 383 del Código Penal establece que el conductor que se niegue a someterse a las pruebas para comprobar tasas de alcoholemia, será castigado con:

  • Pena de prisión de 6 meses a 1 año.
  • Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por tiempo superior a 1 año y hasta 4 años.

El artículo 383 establece textualmente: “El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se niegue a someterse a las pruebas legalmente establecidas…”.

Del texto se desprende que, aunque se haya realizado la primera prueba, si los agentes disponen una segunda y el conductor se niega, también se considera delito.

Otras consecuencias por negarse a la prueba de alcoholemia

Además de las sanciones que indica el Código Penal, la negativa provoca otras consecuencias que hay que considerar:

  • Se generan antecedentes penales. Y los antecedentes pesan en caso de reincidencia o si hay causas pendientes.
  • Es agravante en caso de accidente. Si el conductor se considera implicado en un accidente, la negativa a realizar la prueba es un agravante. Y los agravantes determinan consecuencias más severas.

Multas y otras sanciones

Si las circunstancias muestran que hay otras infracciones de tráfico asociadas, es posible que el conductor reciba también una sanción administrativa. Asimismo, se puede ordenar la inmovilización del vehículo. Ejemplos de estas infracciones son adelantamientos peligrosos, saltarse semáforos, exceso de velocidad.

¿Recibe sanción un conductor que se niega a la prueba y no ha consumido alcohol?

Es importante destacar que lo que el código penal castiga con prisión y retirada del carnet de conducir es la desobediencia.  La ley entiende que esta negativa a la prueba impide que los agentes cumplan con su función. Además, pone en riesgo la seguridad vial.

Por lo tanto, un conductor puede recibir la sanción de prisión y retirada del carnet sin haber bebido, si se niega a someterse a la prueba.

¿Existen excepciones que justifiquen la negativa a la prueba?

El Código Penal no especifica circunstancias que justifiquen la negativa a someterse al control de alcoholemia. Sin embargo, los tribunales podrían valorar algunas situaciones como justificaciones que eximan de la responsabilidad o que la atenúen. Algunos ejemplos:

Problemas médicos graves

Una situación médica grave, puede impedir la realización de la prueba. Por ejemplo, afecciones respiratorias que impiden soplar en el etilómetro. El conductor debería solicitar la prueba de sangre.

En este caso, si el conductor acredita su problema de salud, el tribunal podría considerar que la no realización de la primera prueba no es desobediencia, por tanto, no habría delito.

Condiciones del requerimiento de realizarse la prueba

Si el agente no se identifica debidamente o realiza un requerimiento claro, formal y directo, la negativa del conductor podría no ser considerada un delito. Sin embargo, no es sencillo probar estas situaciones.

Por tanto, la negativa podría justificarse si realmente hay una razón válida que el conductor pueda probar legítimamente.

¿Existen mecanismos para obligar a un conductor a realizar la prueba de alcoholemia?

Los agentes no pueden hacer uso de la fuerza física para obligar a un conductor a soplar en el etilómetro. Sin embargo, pueden pedir una orden judicial urgente.

Si un juez emite una orden, es posible realizar una prueba, aunque no sea la del etilómetro, sin que se necesite el consentimiento. Podría ser un análisis de sangre o de orina, por ejemplo.

Sugerencias para el conductor cuando un agente le solicita una prueba de alcoholemia

El conductor debe tener claro que haya consumido o no alcohol, la negativa no le eximirá de las sanciones. Al contrario, las agravará.

Con este presupuesto, es conveniente que inmediatamente llame a un abogado experto en temas de tráfico para que esté presente durante el proceso de control. No es aconsejable rebelarse ni buscar excusas que serán inútiles a la hora de los resultados.

Si no está de acuerdo con los indicadores de la primera prueba, puede solicitar la segunda para garantizar que los resultados sean precisos y que realmente muestren su situación real.

En caso de que se apliquen las dos pruebas, es importante controlar el tiempo legal que debe existir entre ambas. La ley establece que deben transcurrir por los menos 10 minutos entre las pruebas. Si no ocurre así, el procedimiento está viciado y podría ser argumento para invalidarlas.

Y un consejo que siempre es bueno atender: hablar lo menos posible y esperar al abogado para las declaraciones. No es conveniente que el conductor ofrezca explicaciones que, sin darse cuenta, podrían incriminarlo.

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