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Abogado delitos contra la seguridad vial en Tres Cantos

Despacho de abogados delitos contra la seguridad vial en Tres Cantos

En Tres Cantos, el despacho de abogados Rodríguez Escudero ofrece una amplia gama de servicios legales relacionados con delitos contra la seguridad vial. Nuestro equipo de letrados altamente calificados y experimentados en el ámbito de las leyes de circulación está dedicado a proteger sus intereses y garantizar el respeto de sus derechos, ya sea que necesite asistencia como acusación o defensa.

Con más de dos décadas de experiencia en el ejercicio de la abogacía en Madrid, nuestro despacho se ha convertido en un referente tanto a nivel local como nacional. Esto nos permite desarrollar diversas estrategias de defensa para nuestros clientes, brindándoles apoyo y asesoramiento durante todo el proceso. Si ha sido víctima de un delito relacionado con la seguridad vial o está involucrado en un proceso legal, no dude en consultarnos su situación en una primera evaluación gratuita.

No tendrá que preocuparse por nada, ya que uno de nuestros abogados se encargará de gestionar todos los trámites y reclamaciones necesarios para obtener la máxima indemnización posible. Nuestro enfoque principal es trabajar en beneficio de nuestros clientes, y nuestra experiencia nos ha enseñado que la mejor manera de proteger sus intereses es evitar cualquier conflicto de intereses con compañías aseguradoras. Sin embargo, coordinaremos cualquier evaluación pericial o atención médica privada que su situación pueda requerir.

Abogado delitos contra la seguridad vial en Tres Cantos

Evaluación de la viabilidad de su caso totalmente gratis

Los delitos relacionados con la seguridad vial abarcan una amplia gama de situaciones legales complejas. A veces, acciones aparentemente insignificantes pueden conllevar graves consecuencias penales. Por esta razón, es fundamental contar con la asesoría de un abogado especializado en delitos contra la seguridad vial.

En Rodríguez Escudero, estamos comprometidos a brindarle la oportunidad de realizar una primera consulta completamente gratuita y sin compromiso alguno. Durante esta consulta, analizaremos minuciosamente toda la información que nos proporcione sobre su caso y responderemos a todas las preguntas que pueda tener. Nuestros abogados expertos en delitos contra la seguridad vial en Tres Cantos llevarán a cabo un exhaustivo estudio de viabilidad de su caso y le proporcionarán una explicación clara y transparente sobre las implicaciones que conllevaría iniciar un proceso judicial.

Servicio completo a cambio de unos honorarios justos

De igual manera, durante esta evaluación inicial de viabilidad, le proporcionaremos información sobre los costos asociados a nuestros servicios legales. Creemos firmemente en la igualdad de justicia para todos, por lo tanto, consideramos que los honorarios de un abogado no deben ser excesivos. En este sentido, hemos establecido una escala de porcentajes que oscilan entre el 9% y el 17% de la compensación recibida en casos en los que sea posible reclamar una indemnización por un delito. Esto significa que no deberá pagar nuestros servicios por adelantado, sino al finalizar el proceso legal.

Por otro lado, en aquellos casos en los que no sea factible reclamar una indemnización, nos ajustaremos únicamente al trabajo realizado, teniendo en cuenta la complejidad y la duración del caso. Estos criterios se basan en las pautas establecidas por el Colegio de Abogados.

¿A qué delitos contra la seguridad vial nos estamos refiriendo?

En la legislación española, se encuentran establecidos y regulados en el Código Penal los delitos relacionados con la seguridad vial. Específicamente, se encuentran en el Título XVII, Capítulo IV, Artículos 379 al 385 ter, los cuales describen diversos casos, entre los que se incluyen los siguientes:

Exceso de velocidad

El delito por exceso de velocidad se encuentra registrado en el Código Penal, específicamente en el artículo 379.1. Esta disposición establece las consecuencias legales para aquellos conductores que rebasen los límites de velocidad establecidos en las vías públicas.

Según el artículo mencionado, se considera delito superar los límites de velocidad en más de 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en más de 80 kilómetros por hora en vías interurbanas. Estas cifras pueden variar en función de la legislación vigente en cada momento, por lo que es importante consultar las normativas más actual.

La gravedad de este delito se refleja en las consecuencias legales que acarrea. Si un conductor es sorprendido y se demuestra que ha superado significativamente los límites de velocidad establecidos, puede enfrentar sanciones penales que van desde la imposición de multas económicas considerables hasta la privación del derecho a conducir, e incluso penas de prisión, en los casos más graves.

Delito de alcoholemia

El delito de alcoholemia es una infracción contemplada en el Código Penal, específicamente en el artículo 379.2. Este delito se refiere a conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol, rebasando los límites permitidos legalmente.

En España, los límites de alcoholemia establecidos para conductores profesionales y no profesionales son los siguientes:

  • Conductores no profesionales: La tasa máxima de alcohol en sangre tiene que ser inferior a 0,5 gramos por litro (g/l) o 0,25 miligramos por litro (mg/l) en aire espirado.
  • Conductores profesionales y conductores con menos de dos años de experiencia: La tasa máxima de alcohol en sangre no puede superar los 0,3 g/l o 0,15 mg/l en aire espirado.

Si un conductor supera el límite de 0,60 mg/l por aire expirado o incluso con tasas inferiores siempre y cuando la ingesta de alcohol haya influido sobre la conducción puede estar cometiendo un delito de alcoholemia. Las consecuencias legales pueden variar dependiendo del grado de alcoholemia detectado y las circunstancias del caso.

Conducción con temeridad

El delito por conducción temeraria es una infracción recogida en el Código Penal, específicamente en el artículo 380. Este delito se refiere a la realización de maniobras o conductas extremadamente peligrosas al volante, poniendo en grave riesgo la seguridad vial de las personas.

La conducción temeraria se caracteriza por acciones que exceden los límites de la prudencia y la diligencia necesarias al conducir un vehículo. Algunos ejemplos de conductas consideradas como conducción temeraria pueden incluir:

  1. Exceso de velocidad desproporcionado y peligroso.
  2. Realizar adelantamientos arriesgados y en lugares prohibidos.
  3. Ignorar las normas de tráfico de manera deliberada.
  4. Participar en carreras ilegales o exhibiciones temerarias.
  5. Conducir bajo los efectos de sustancias psicoactivas que afecten la capacidad de conducción.

Abandonar el lugar del accidente siendo responsable del mismo

El delito por abandono del lugar del accidente, también conocido como “delito de omisión del deber de socorro”, está contemplado en el Artículo 382 bis del CP. Se refiere a la conducta de una persona que, después de verse involucrada en un accidente de tráfico, abandona el lugar sin cumplir con sus obligaciones legales.

Cuando se produce un accidente de tráfico, es responsabilidad de los conductores involucrados detenerse, prestar ayuda a las personas afectadas y colaborar con las autoridades pertinentes para esclarecer los hechos. El abandono del lugar del accidente constituye un delito, ya que implica el incumplimiento de estas obligaciones fundamentales.

Negarse al sometimiento de las pruebas de detección de sustancias

Los conductores de vehículos a motor o ciclomotores tienen la obligación de someterse a los controles de alcoholemia o drogas llevados a cabo por las autoridades competentes. Por consiguiente, cualquier persona que se rehúse a realizar dichas pruebas podría enfrentar acusaciones relacionadas con este tipo de delito.

Esta infracción se encuentra legislada por el Artículo 383 del Código Penal.

Conducción sin contar con licencia

En el Artículo 383 del Código Penal se establece que los conductores tienen la responsabilidad de mantener válida y vigente su licencia de conducción en todo momento. Por lo tanto, para cometer este delito, se requiere operar un vehículo a motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca la licencia, o habiendo sido sancionado con la pérdida de todos los puntos o con su suspensión.

Además, también se considerará culpable de esta infracción aquel conductor que utilice un vehículo para prácticas que no estén autorizadas por una autoescuela debidamente homologada.

Obstaculización de la vía

Tanto la obstaculización de la vía con objetos potencialmente susceptibles de ocasionar un accidente de tráfico, como la no retirada de los mismos, son motivo de delito al amparo del Artículo 385 del Código Penal.

Rodríguez Escudero obstaculización de la vía

Contacte con nosotros sin compromiso

Rodríguez Escudero Abogados es un despacho de abogados que se preocupa por los problemas de sus clientes. Por ello, atendemos su proceso penal con total dedicación y profesionalidad.

Puede encontrar nuestro despacho de abogados ubicado en Plaza Castilla nº3, 4ºC1 (Madrid). Si viene presencialmente, le atenderemos encantados y le resolveremos todas las dudas que tenga sobre su proceso penal.

En la primera consulta realizaremos sin coste alguno un estudio de viabilidad personalizado que le permitirá sentar la base para abordar el proceso con todas las garantías.

En caso de que prefiera no acudir presencialmente a nuestra sede en Madrid, puede ponerse en contacto con nosotros por otros medios. Ya sea vía email o mediante nuestro número de teléfono le atenderemos con la máxima eficacia y profesionalidad a fin de tramitar su proceso de forma óptima y garantizando los mejores resultados.

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