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Accidente in itinere: lo que se debe saber

Accidente in itinere: lo que se debe saber

Accidente laboral in itinere  es aquel que sufre un trabajador por cuenta ajena al ir o al regresar de su puesto de trabajo a su casa. Este tipo de accidente se regula en el artículo 156.2 de la Ley General de Seguridad Social, y, a pesar de que no se produce durante el desarrollo de las funciones propias del trabajador, tiene la consideración de accidente laboral.

Si bien es cierto que en un primer momento nos vendrán a la cabeza solamente accidentes de tráfico, también se incluyen en esta categoría otro tipo de accidentes que se pueden dar en el trayecto de ida y vuelta al trabajo, como caídas y resbalones caminando, accidentes en bici o en patinete, en el portal de casa, en transporte público e, incluso, accidentes durante la cena de empresa.

Beneficios de ser considerado un accidente laboral

Que el accidente in itinere se considere accidente laboral comporta múltiples ventajas respecto al accidente no laboral o enfermedad común.

El subsidio diario que cubre la pérdida de rentas de un trabajador mientras está imposibilitado para trabajar, se inicia el cuarto día de la baja cuando se trata de un accidente no laboral, es decir, que los 3 primeros días tras el accidente, el trabajador no cobrará nada. Sin embargo, en el caso del accidente laboral, esta prestación se inicia desde el primer día.

En accidente no laboral la prestación será del 60 % de la base reguladora hasta el día 21 y días posteriores asciende al 75 %. En cambio, un accidente in itinere al ser equiparado a accidente laboral tendrá una cuantía de subsidio del 100 % desde el primer día.

Cuándo se considera un accidente de trabajo in itinere

Por supuesto, no cualquier accidente de un trabajador en activo se considerará in itinere. Así, para saber cuándo se considera un accidente de trabajo in itinere, hay que comprobar si se cumplen varios requisitos:

  • El desplazamiento debe realizarse por motivos laborales, para iniciar o finalizar la jornada laboral
  • El accidente tiene que suceder en un momento próximo a la entrada o salida del trabajo
  • Debe realizarse en el mismo trayecto.
  • Usar el medio de transporte habitual.

Es imprescindible que el trayecto se haya iniciado para que sea considerado in itinere.

Existen múltiples matices y excepciones a tener en cuenta, por lo que siempre hay que estudiar cada caso concreto.

 

Accidente in itinere esperando el autobús para ir al trabajo

 

A continuación os damos unos ejemplos de casos considerados in itinere:

  • Accidente en el portal de la vivienda cuando va de camino al trabajo o en el garaje, NO en el interior de la vivienda.
  • Accidente acontecido esperando el autobús para ir al trabajo.
  • Regresando de la comida o cena de Navidad de la empresa.
  • Atropello en el trayecto al lugar de trabajo

La mayoría de estos accidentes se producen en un medio de transporte. Por ello, en todas estas situaciones, lo más adecuado sería acudir un abogado especializado en accidentes de tráfico.

Requisitos y carga de la prueba

En cualquier caso, es el trabajador el que tendrá que demostrar que se cumplen todos los requisitos para que considere accidente in itinere. Estos requisitos son:

  • el teleológico, el fin del desplazamiento es ir o volver del trabajo;
  • el topográfico, la ruta transitada por el trabajador es la habitual y normal;
  • el mecánico, el medio de transporte será el habitual y el adecuado dada la distancia al lugar de trabajo, y
  • el cronológico, el tiempo utilizado debe de ser el normal, en atención a la distancia y al medio de transporte empleado, así como sin interrupciones.

En relación con esto último, existen algunas sentencias que han admitido reconocer el accidente in itinere aun habiéndose producido interrupciones en el trayecto.

Dónde debo acudir en caso de accidente in itinere

Al ser considerado el accidente in itinere un accidente de trabajo, el trabajador deberá acudir siempre a la mutua laboral de su empresa.

Si no fuese posible acudir a la mutua o que el accidente sea grave, debemos dirigirnos a un centro de salud u hospital. Tenemos que asegurándonos de que en los informes médicos se recoge que el accidente ha sido laboral.

En cualquier caso, debemos saber que es posible elegir el centro médico de tratamiento y rehabilitación, aún cuando no tenga convenio con nuestra mutua. En este supuesto, la mutua supervisará nuestro estado para darnos el alta laboral cuando lo estime conveniente, pero el tratamiento lo llevará otro centro médico. El trabajador, por su parte, tendría que costear los gastos de ese otro centro y después reclamarlos.

Accidente in itinere Asistencia sanitariaCuáles son mis derechos durante el transcurso de la baja

Los derechos por accidente in itinere durante la baja laboral son los mismos que para los accidentes de trabajo.

Asistencia sanitaria

El trabajador tendrá derecho a la asistencia sanitaria. Tendrá cubiertos todos aquellos gastos necesarios para la reposición de su salud, desde el tratamiento de rehabilitación, a todo aquello que sea necesario para su curación o estabilización lesional.

Prestación por incapacidad temporal

Si las lesiones impiden la inmediata incorporación al puesto de trabajo, tiene derecho a una prestación por incapacidad temporal. Se recibirá desde el día siguiente del accidente y la cuantía ascenderá al 100 % de la base reguladora. No es necesario contar con un tiempo mínimo de cotización o incluso estar dado de alta en la seguridad social.

Por último, si la empresa nos despide mientras estamos de baja, al tratarse de un accidente laboral, tendremos derecho a continuar cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que recibamos el alta.

Qué indemnización me corresponde en caso de accidente laboral in itinere

Para determinar en un accidente in itinere la indemnización que nos corresponde, debemos empezar por saber de qué tipo de accidente se trata, ya que, por un lado, el trabajador tendrá derecho a una indemnización como accidente laboral, pero ello no excluye que recibamos otra indemnización relacionada con el accidente en sí mismo.

Por ejemplo, en el caso de un accidente de tráfico, la indemnización la determina el baremo de accidentes de tráfico, siempre que el trabajador no sea el culpable del accidente. En otro caso, si se produce la caída en el trayecto a pie al trabajo como consecuencia del mal estado de la vía pública, esto puede dar lugar a una indemnización por parte del ayuntamiento o entidad responsable de la misma.

En cuanto al accidente laboral, no surge el derecho a una indemnización civil, ya que no existe una omisión por parte de la empresa de las medidas en prevención de riesgos laborales. A excepción, por supuesto, de que el trabajador viaje en un vehículo propiedad de la empresa que no reúna las medidas de seguridad establecidas legalmente.

En cualquier caso, el trabajador tendrá derecho a una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes siempre que el accidente le deje secuelas. Esta indemnización ascendería si las secuelas le causasen algún tipo de incapacidad, ya sea parcial, total o absoluta para el desarrollo de su profesión.

Tal y como hemos visto, los accidentes que sufre un trabajador al ir o al volver del trabajo son accidentes in itinere que pueden ser asimilados a accidentes laborales. Para ello, es el trabajador el que ha de probar que se cumplen los requisitos para que el accidente se considere como tal. Asimismo, es posible que este accidente le genere al trabajador el derecho a cobrar una, o incluso dos indemnizaciones. No obstante, es totalmente aconsejable acudir a un profesional de la abogacía para que nos asesore desde el principio para poder ejercer los derechos que le asisten con total garantía.

 

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