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Sabías que un menor atropellado puede tener derecho a una indemnización millonaria

¿Sabía que un menor de 14 años que sufra un atropello o accidente puede recibir indemnizaciones millonarias?

La ley establece que los menores de 14 años tienen derecho a recibir indemnizaciones por lesiones sufridas en un accidente de tráfico o un atropello. Y este derecho es independiente de las circunstancias del accidente.
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El marco conceptual en el que se genera este derecho es el reconocimiento legal de que los menores de 14 años tienen responsabilidad limitada sobre sus actos. No tienen responsabilidad penal, ni pueden ser juzgados penalmente. Y en el ámbito civil serán sus padres o tutores los que respondan por los daños que causen, excepto en los accidentes de tráfico.

La ley considera que no tienen la madurez suficiente para comprender completamente muchos de sus comportamientos y acciones. Por lo tanto, las medidas establecidas legalmente en situaciones en las que participan menores son de protección, del tipo de intervenciones educativas, de atención psicológica o social.

España ha firmado la Convención sobre los Derechos del Niño, que compromete al país a garantizar el interés superior de los menores. Esta condición se aplica a los siniestros que los menores de 14 años provocan en la vía pública.

La imprudencia de los niños suele ser motivo de accidentes. Y la ley aplica ese principio de protección al menor también en los accidentes de tráfico.

¿Tiene derecho a indemnización un menor que es atropellado por cruzar sin mirar?

No son poco frecuentes los casos de niños que, en la vía pública, escapan a la vigilancia de los mayores. De pronto, cruzan sin ninguna precaución y son atropellados por un conductor que, aunque cumplía cabalmente la normativa, no logra detener el vehículo a tiempo.

Los menores de 14 años no son considerados legalmente responsables de sus actos en un accidente. Por tanto, tienen derecho a recibir indemnización, incluso aunque hayan cruzado de forma imprudente, sin mirar o fuera del paso de peatones.

¿Es responsable por el accidente un conductor que atropella a un menor, aunque respetaba las normas?

El conductor que atropella a un menor de 14 años y la aseguradora del vehículo que conduce son civilmente responsables del accidente, aunque no haya cometido ninguna imprudencia ni infracción a las leyes de tráfico. Así lo establece la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.

La compañía de seguros del conductor del vehículo debe responder por los daños que el menor sufrió en el atropello, al ser el responsable civil directo. Tiene la obligación de indemnizar al menor por los daños sufridos.

El objetivo de la ley es proteger a los más vulnerables en los accidentes, entre ellos a los niños. La responsabilidad objetiva del conductor es un concepto legal que se propone asegurar que los daños del menor sean reparados.

¿Qué daños y perjuicios se tienen en cuenta para el cálculo de la indemnización de un menor de 14 años?

El Baremo de Tráfico regula las indemnizaciones por accidentes, tanto de los menores como de los adultos. La indemnización se calcula a partir de los daños y perjuicios que sufrió el niño por el atropello.

Se incluyen:

Lesiones temporales

El Baremo establece una suma por día que necesitó el niño para recibir atención médica según sus lesiones. Existen cuatro categorías de lesiones temporales: básicas, moderadas, graves y muy graves. Las cuantías para cada una son diferentes.

Los valores según el Baremo 2025 son:

  • Perjuicio muy grave: 127,01 € diarios
  • Perjuicio Grave: 95,26 € diarios
  • Perjuicio Moderado: 66,04 € diarios
  • Perjuicio Básico: 38,10 € diarios.

Además, se suma cada intervención quirúrgica, que será indemnizada según su complejidad, con valores entre los 508,03 € y 2.032,12 €.

Secuelas permanentes

En caso de que el accidente provoque al menor secuelas permanentes, estas se estimarán según las tablas del Baremo. Se incluyen las secuelas físicas, funcionales, psicológicas y todas las consecuencias que afecten la calidad de vida del menor.

Gastos de atención médica y de rehabilitación

Forman parte de este concepto todos los tratamientos, terapias, dispositivos médicos, medicación y seguimiento necesarios a largo plazo. Estos gastos pueden ser reclamados también por la familia.

Daño moral

El daño moral se refiere al sufrimiento emocional, psicológico, afectivo y a la pérdida de la calidad de vida que el menor sufre como consecuencia del atropello. La ley reconoce que debe ser indemnizado por este perjuicio.

Daños materiales

La ley contempla la indemnización por todos los perjuicios que el accidente provoca en el menor atropellado. Corresponden también las compensaciones por daños materiales.

Se incluyen los objetos personales dañados, la ropa, mochila, móvil, gafas, bicicleta. También se computan otros gastos derivados del accidente, como transporte al hospital, adaptaciones del hogar si son necesarias.

¿Cuál es la mayor indemnización que se puede reclamar por atropello de un menor?

No existe una cuantía máxima establecida por la ley. La suma que se debe reclamar es el resultado de las estimaciones de los daños y perjuicios de acuerdo con lo que establece el Baremo de Tráfico.

Hace poco tiempo, se difundió que un menor recibió una indemnización de 3,7 millones de euros. Esta ha sido la mayor indemnización que se ha otorgado en España.

El accidente ocurrió en el año 2023, cuando un niño de siete años fue atropellado al cruzar la calle entre dos coches estacionados. Este atropello produjo graves secuelas neurológicas en el menor.

Perdió su capacidad para hablar y caminar. El niño necesita de sillas de ruedas, órtesis y otros dispositivos médicos. Fueron necesarias adaptaciones en la vivienda y del vehículo familiar, y requerirá de atención permanente de cuidadores profesionales de por vida.

Además, en la cuantía otorgada se incluyó la compensación por las pérdidas de oportunidades económicas futuras del menor. Se consideró también el daño moral y patrimonial a los padres.

Esta indemnización resultó de un acuerdo extrajudicial, después del cual la aseguradora y los representantes de la víctima lograron un acuerdo sin llegar a juicio.

¿Qué se debe hacer en caso de atropello a un menor?

Es fundamental seguir la línea de acciones que indica la ley para que nada obstaculice la reclamación de la indemnización.

Llamar a servicios de urgencias para que atiendan al niño atropellado es lo primero, lo más urgente. Más allá de la salud del menor, que siempre es la prioridad, para la indemnización es fundamental la atención médica inmediata.

También es necesario contar con el parte policial del accidente, por lo que es necesario llamar a la policía para que prepare el atestado. Es el documento base en el que se establecen las causas del siniestro.

Como en cualquier accidente de tráfico, la recopilación de pruebas resultará útil para el proceso. Se incluirán fotografías, vídeos, testimonios de testigos.

Es aconsejable que los adultos a cargo del menor cuenten con el asesoramiento de un abogado especialista en tráfico. El profesional asesorará acerca de cómo proceder.

Se ocupará de estimar los daños y los perjuicios y de presentar la reclamación a la aseguradora. Controlará que se cumplan las etapas y los plazos dispuestos por la ley y negociará con la compañía de seguros acerca de las posibles diferencias entre lo reclamado y lo que ella está dispuesta a pagar.

Y, en caso de ser necesaria la instancia judicial, se hará cargo de todo el proceso.

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