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Cómo valorar la prueba en accidentes de tráfico de baja intensidad

Cómo valorar la prueba en accidentes de tráfico de baja intensidad - Caso real

En el ámbito de la responsabilidad civil derivada de accidentes de circulación, los casos de colisiones a baja velocidad con daños materiales escasos presentan a menudo un desafío probatorio significativo para el letrado del perjudicado. En este contexto, resulta fundamental comprender cómo valorar la prueba en accidentes de tráfico de baja intensidad, ya que la aparente desproporción entre el impacto y las lesiones alegadas se convierte en el principal campo de batalla, donde la estrategia procesal y la solidez de la prueba son determinantes.

Este caso del cliente representado por nuestro despacho de abogados, es un ejemplo paradigmático de cómo una defensa jurídica meticulosa y bien fundamentada puede prevalecer frente a los argumentos estandarizados de las compañías aseguradoras, logrando una reparación íntegra del daño sufrido por la víctima.

Resumen cronológico de un complejo proceso curativo

El 31 de octubre de 2018, nuestro cliente de 41 años, sufrió un accidente de tráfico consistente en un alcance posterior mientras conducía su vehículo. Este hecho, aparentemente menor en términos de daños materiales, fue el desencadenante de un largo y complejo proceso médico y judicial.

El mismo día del siniestro, acudió al servicio de urgencias del Hospital Universitario Rey Juan Carlos, donde fue diagnosticado de “cervicalgia post accidente de tráfico”. La exploración inicial ya objetivaba dolor paravertebral y una leve rectificación de la lordosis cervical. Al día siguiente, el 1 de noviembre de 2018, se emitió el parte de baja por incapacidad temporal.

Pocos días después, el 6 de noviembre, el cuadro clínico se agravó con la aparición de una lumbalgia bilateral, motivo por el cual acudió nuevamente a urgencias. Este hecho fue crucial, ya que la sentencia posteriormente recogería que la ausencia de dolor lumbar “en caliente” el día del accidente no descartaba su origen traumático, apareciendo días después. Durante los meses siguientes, las visitas a urgencias y a distintos especialistas se sucedieron debido a la persistencia e intensificación del dolor, mareos, cefaleas y la aparición de parestesias en brazos y piernas.

La estrategia del despacho Rodríguez Escudero Abogados se centró en objetivar médicamente cada uno de los padecimientos. El 7 de diciembre de 2018 se practicó una Resonancia Magnética (RM) que resultó ser una prueba fundamental. La RM lumbar mostró una discopatía degenerativa, pero la RM cervical reveló un hallazgo de enorme trascendencia para el litigio: una “alteración de señal focal del cordón medular en la vertiente izquierda anterior medular, a la altura del cuerpo vertebral C2, que podría corresponder a un área de mielopatía focal”. Este diagnóstico se convirtió en el epicentro del debate sobre el nexo causal.

El periplo médico de nuestro cliente fue extenso y multidisciplinar. Fue tratado por Traumatología, Neurología, Otorrinolaringología (por los mareos y caídas), Unidad del Dolor y Psiquiatría, donde se le diagnosticó un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión. El tratamiento no se limitó a farmacología y rehabilitación; el 22 de marzo de 2019, requirió una intervención quirúrgica consistente en un bloqueo de nervios periféricos (facetario C2-C3 y del nervio occipital), realizada en quirófano para mitigar el dolor crónico.

Finalmente, el 19 de septiembre de 2019, tras 324 días de baja, se le concedió el alta laboral. En esta fecha es cuando se produce la estabilización lesional, cerrando así el periodo de lesiones temporales a indemnizar.

El debate procesal: dos visiones enfrentadas

La fase judicial evidenció la polarización de las posturas, una situación habitual en este tipo de siniestros.

La demanda del perjudicado:

El abogado D. Jorge Rodríguez Escudero articuló una demanda sólida, fundamentada en la extensa documentación médica recopilada. Reclamaba una indemnización total de 42.231,61 €, desglosada en:

  • Lesiones temporales: 324 días de perjuicio personal particular en grado moderado.
  • Secuelas: un total de 13 puntos, derivados del trastorno por estrés postraumático, la artrosis postraumática (vinculada a la mielopatía cervical) y las algias postraumáticas lumbares.
  • Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida: en grado leve, por la limitación que las secuelas le ocasionaban.
  • Intervención quirúrgica: por el bloqueo nervioso realizado.
  • Gastos de transporte y aparcamiento.

La compañía AXA, tanto en vía extrajudicial como en su escrito de contestación a la demanda, no discutió la ocurrencia del siniestro ni la responsabilidad de su asegurado, sino que centró toda su defensa en la ruptura del nexo de causalidad. Su principal argumento fue la falta de intensidad del impacto, apoyándose en un informe pericial biomecánico que concluía que con unos daños materiales de 245 € estamos ante una colisión de tan baja energía (Delta V de 6,6 km/h) y no podía generar las lesiones reclamadas. Además, atribuyó la mielopatía focal a una patología de base del demandante, ajena al accidente.

La estrategia letrada y la valoración judicial: claves del éxito

La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Móstoles estimó parcialmente la demanda, condenando a la aseguradora al pago de 41.367,19 €. Este éxito no fue casual, sino el resultado de una estrategia procesal brillante por parte del abogado del demandante, que el Juzgador validó en su resolución.

El primer y más importante logro del letrado fue desacreditar la prueba principal de la defensa. La sentencia califica la pericial biomecánica de “escasa relevancia”, acogiendo los argumentos que, sin duda, fueron expuestos por la acusación. El abogado supo atacar los puntos débiles del informe:

  • Falta de examen directo: la perito de la aseguradora admitió no haber inspeccionado los vehículos, basándose únicamente en fotografías y peritaciones de daños.
  • Omisión de variables humanas: el informe no consideró factores cruciales como la complexión física de nuestro cliente, su posición en el vehículo, el factor sorpresa del impacto o la existencia de reposacabezas.
  • Carácter teórico: se logró presentar el informe como un mero ejercicio teórico basado en promedios, alejado de la realidad concreta de la víctima. La demanda ya incluía una extensa recopilación de jurisprudencia que relativiza el valor de estos informes, demostrando una preparación proactiva del caso.

Frente a la teórica falta de intensidad, el abogado opuso la contundente realidad clínica del lesionado, acreditando todos los criterios de causalidad del artículo 135 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor:

  • Criterio cronológico y topográfico: se demostró con los informes de urgencias que la sintomatología cervical fue inmediata y la lumbar apareció en un plazo médicamente explicable, afectando a zonas corporales directamente implicadas en un mecanismo de latigazo cervical.
  • Criterio de exclusión: este fue el punto más complejo. La defensa alegó que la mielopatía era preexistente. El abogado D. Jorge Rodríguez Escudero, apoyado en el informe médico pericial aportado, defendió con éxito que, aunque pudieran existir cambios degenerativos previos (propios de la edad), estos eran asintomáticos y fue el traumatismo del accidente el que los convirtió en patológicos. El perito de la actora justificó el origen traumático de la mielopatía en una “posible elongación de la médula”, una explicación que el Juzgador consideró razonable y suficiente para descartar que una causa ajena justificara totalmente la patología.

El éxito no solo radicó en probar el nexo causal, sino en justificar cada euro solicitado:

  • Perjuicio moderado: se argumentó que la imposibilidad de desempeñar su actividad laboral durante los 324 días de baja constituía, por definición legal, una pérdida de la posibilidad de llevar a cabo una “parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal”, encajando perfectamente en el grado moderado.
  • Secuelas: el informe pericial de la actora, ratificado en juicio, desglosó y justificó cada uno de los 13 puntos de secuela. La valoración de 7 puntos por la artrosis postraumática cervical fue especialmente relevante, ya que el perito y el letrado la vincularon directamente a la mielopatía y sus graves consecuencias, como los mareos y caídas.
  • Perjuicio moral: se acreditó que, con 13 puntos de secuela (superando el mínimo de 6), y con limitaciones evidentes como la imposibilidad de conducir con seguridad, procedía la indemnización por pérdida de calidad de vida en grado leve.
La estrategia del abogado

Este caso demuestra que, en la litigación por accidentes de tráfico, la victoria reside en una preparación exhaustiva y una estrategia inteligente. El abogado no se limitó a presentar una reclamación, sino que construyó un relato fáctico y probatorio inexpugnable. Su labor destaca por:

  • Acompañamiento y documentación: recopilar de forma sistemática cada informe médico, prueba diagnóstica y factura, creando una cronología clínica irrefutable.
  • Elección de un perito solvente: contar con un informe pericial capaz de ofrecer explicaciones médicas razonables y defenderlas con convicción en el juicio, fue decisivo.
  • Estrategia de ataque y defensa: no solo defendió su postura, sino que atacó eficazmente la prueba principal de la aseguradora, exponiendo sus debilidades metodológicas y su desconexión con la realidad del caso.

En definitiva, este caso reafirma que la justicia en los traumatismos menores de columna no debe basarse en la chapa de los vehículos, sino en la salud de las personas. El éxito del letrado radica en haber sabido demostrar, con rigor y contundencia, que detrás de un “simple golpe” puede esconderse un profundo y duradero sufrimiento que merece una reparación íntegra.

Preguntas frecuentes

¿Por qué los accidentes de tráfico de baja intensidad generan problemas probatorios?

Porque suele existir una aparente desproporción entre los escasos daños materiales y las lesiones alegadas. Esto lleva a que el debate se centre en el nexo causal entre el impacto y los daños personales.

¿Puede aparecer una lesión días después del accidente?

Sí. El caso demuestra que la ausencia de síntomas inmediatos no excluye el origen traumático, ya que algunas dolencias, como la lumbalgia, pueden manifestarse días después.

¿Qué importancia tienen las pruebas médicas en estos casos?

Son fundamentales para objetivar las lesiones y acreditar el nexo causal. Pruebas como la resonancia magnética pueden resultar decisivas en el procedimiento judicial.

¿Cómo suelen defenderse las aseguradoras en accidentes leves?

Habitualmente alegan falta de nexo causal, apoyándose en informes biomecánicos que sostienen que la baja intensidad del impacto no puede causar las lesiones reclamadas.

¿Qué factores pueden determinar el éxito de la reclamación?

Una estrategia procesal sólida, una documentación médica completa y un informe pericial bien fundamentado son claves para desacreditar a la aseguradora y justificar la indemnización.

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