Abogados delitos contra el patrimonio en Las Rozas

Rodríguez Escudero es un bufete de abogados que ofrece sus servicios para la defensa de sus clientes ante delitos contra el patrimonio en Las Rozas. Nuestro amplio equipo multidisciplinar de abogados abarca tanto la defensa de sus intereses como para la denuncia de delitos de esta índole. Contamos con una experiencia de más de 20 años. A lo largo de este tiempo, hemos obtenido grandes resultados en diversos litigios de gran complejidad gracias al trabajo de nuestros expertos y a la constante renovación y actualización en jurisprudencia. Gracias todo esto, hemos podido elaborar estrategias de defensa que nos convierten en uno de los despachos de abogados de referencia en todo el territorio nacional.

Trabajamos para velar por los derechos fundamentales de nuestros clientes, ya que trabajamos por y para ellos. Rechazamos las propuestas de representación para compañías aseguradoras con el fin de evitar que existan conflictos de interés entre las partes. De este modo, ofrecemos un tratamiento personalizado para cada caso.

Abogados delitos contra el patrimonio en Las Rozas

Rodríguez Escudero: ¿Qué es un delito contra el patrimonio?

En el ordenamiento jurídico español, el conjunto de normas que definen y regulan los delitos contra el patrimonio es el Código Penal. Concretamente, vienen recogidos en el Título XIII, Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre. En ella se definen a los delitos patrimoniales como aquellas acciones que atenten contra los bienes de una persona individual, sobre la que se causa un perjuicio, y que conlleva responsabilidad penal.

Además, cataloga alrededor de veinticinco acciones que, de cometerse, incurrirán en delito contra el patrimonio, algunas de las cuales suponen algunos de los delitos más habituales hoy en día:

El robo, el hurto y la apropiación indebida

Aunque se pueda pensar que son similares, sus diferencias determinarán la gravedad de las sanciones por cometer este tipo de delitos:

  • En el caso del robo, es toda aquella apropiación de una pertenencia o propiedad de una persona. Su gravedad radica en que el acto afecta a un bien jurídico, por lo que su responsabilidad es de tipo penal. Se encuentra tipificado en los Artículos 237 al 242 del CP, y la condición para considerarse robo es que tiene que cometerse mediante la fuerza sobre las cosas (uso de llaves falsas; rompiendo techos, suelos o paredes; escalamiento; etc.) o la intimidación sobre las personas. Lo cual, también marcará la diferencia respecto al grado de responsabilidad a la hora de emitir sentencia.
  • El hurto está regulado y tipificado por los Artículos 234 al 236 del CP, y se diferencia del robo en que para cometerlo no se emplea la intimidación sobre las personas ni la fuerza en las cosas. No obstante, dependiendo del valor de los objetos sustraídos, las penas se catalogarán en tipo leve, cuando el valor es inferior a 400 euros; tipo básico, cuando excede de los 400 euros; o tipo agravado, cuando se trata de objetos especialmente protegidos por el Código Penal.
  • En cambio, la apropiación indebida se comete cuando una persona se adueña de un objeto que le fue confiado teniendo la obligación de devolverlo, causando un daño patrimonial a su legítimo dueño. Vienen recogidos en el Artículo 253 del CP.

La estafa

Se trata de un delito patrimonial que consiste en obtener un beneficio empleando para ello engaños que provoquen en el perjudicado un error de juicio, induciéndole a realizar un acto perjudicial para sus intereses o los de un tercero.

La estafa está regulada por los Artículos 248 al 251 bis del CP.

El fraude

Consiste en un acto ilícito de vigilancia de cumplimiento de contratos públicos o privados por parte de una o varias personas, con el fin de obtener algún tipo de provecho o ventaja, perjudicando los intereses de otros.

Existen nueve tipos de fraude: electoral, bancario, fiscal o tributario, electrónico o telefónico, el cometido por un funcionario público o una autoridad, laboral o empresarial, informático o virtual, procesal o de ley y el fraude del fluido eléctrico.

Contratación justa para la defensa de sus intereses

En el despacho de abogados Rodríguez Escudero queremos que nuestros clientes sientan el respaldo de un bufete de abogados sin que para ello tengan que desembolsar grandes cantidades por nuestros servicios. En este sentido, consideramos que para los casos en los que no proceda la reclamación de una compensación económica por los daños sufridos, nuestros honorarios se ceñirán exclusivamente al trabajo realizado. Así, nos ajustamos al criterio que establece el Colegio de Abogados en materia de honorarios.

Sin embargo, para los casos en los que sí que proceda la reclamación de una indemnización, estos honorarios se establecerán a porcentaje de la misma, basándonos en la complejidad del caso y en su duración. Con esto le garantizamos que no tendrá que abonar nada por nuestros servicios hasta que finalice el proceso y reciba su indemnización. Incluso podrá llegar a recuperar dicha indemnización si dispone de algún tipo de seguro de hogar con cobertura legal.

Podrá realizar un primer estudio de la viabilidad de su situación

Le ofrecemos la posibilidad de estudiar su caso en una primera consulta, en la cual le daremos una visión profesional y transparente acerca de la viabilidad de iniciar procedimientos judiciales. De igual modo, nuestro equipo de abogados experto en delitos patrimoniales y del orden socioeconómico responderán a todas las cuestiones que les plantee, dándole una visión más clara de su situación y aconsejándole acerca de los pasos que se deberán dar para una resolución favorable.

Esta primera consulta podrá realizarla presencialmente en nuestro despacho en Madrid, o bien por vía telefónica o a través del correo electrónico. Nuestros abogados le responderán con la mayor brevedad posible y sin que suponga para usted ningún tipo de desembolso económico ni compromiso.

Podrá realizar un primer estudio de la viabilidad de su situación

Contacte con nosotros sin compromiso

Rodríguez Escudero Abogados es un despacho de abogados que se preocupa por los problemas de sus clientes. Por ello, atendemos su proceso penal con total dedicación y profesionalidad.

Puede encontrar nuestro despacho de abogados ubicado en Plaza Castilla nº3, 4ºC1 (Madrid). Si viene presencialmente, le atenderemos encantados y le resolveremos todas las dudas que tenga sobre su proceso penal.

En la primera consulta realizaremos sin coste alguno un estudio de viabilidad personalizado que le permitirá sentar la base para abordar el proceso con  garantías.

En caso de que prefiera no acudir presencialmente a nuestra sede en Madrid, puede ponerse en contacto con nosotros por otros medios. Ya sea vía email o mediante nuestro número de teléfono le atenderemos con la máxima eficacia y profesionalidad a fin de tramitar su proceso de forma óptima y garantizando los mejores resultados.

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