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Quién paga si no hay coche implicado

¿Quién paga si no hay un coche implicado en un accidente?: culpabilidad peatonal y seguro

Los accidentes que implican a peatones son frecuentes en España. Los peatones son los usuarios más vulnerables en las vías públicas. No han sido suficientes los avances en la normativa, en la señalización, en las infraestructuras y en las campañas educativas y de concienciación. Los sucesos en los que hay peatones involucrados siguen siendo preocupantes.
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Las estadísticas de la DGT revelan datos que merecen atención. En 2024 fallecieron 320 peatones por atropello, número que equivale al 20% de todas las muertes por accidentes de tráfico en España.

Si bien los fallecimientos son las situaciones que alarman, hay otros accidentes con peatones en las que estos se lesionan. En el informe del 2024, la DGT muestra que hubo 1983 peatones hospitalizados y 11.032 heridos leves que no requirieron hospitalización.

Cuando se produce un accidente de tráfico que involucra un peatón, comienza un proceso similar al de accidentes entre automóviles.  Es normal que después de la valoración de salud de los afectados, surgen las inquietudes acerca de las indemnizaciones. 

¿El peatón puede ser considerado legalmente responsable del accidente?

Cómo ocurre en cualquier accidente, el punto de partida de un proceso de reclamación es determinar la responsabilidad de lo sucedido.

El peatón puede ser a la vez responsable y víctima en un accidente de tráfico. Esto ocurre cuando el propio peatón contribuye en forma directa al suceso. Resulte o no la víctima más perjudicada en el siniestro, cargará con la culpa del mismo y con las consecuencias legales de esta condición.

Se reconocen algunas situaciones frecuentes en las que un peatón es culpable de un accidente. El cruce fuera del paso de peatones, cruzar con el semáforo en rojo, distracciones por el uso del móvil, circular por la calzada sin necesidad, conductas temerarias, son motivos de accidentes que él mismo provoca.

Estos comportamientos que causan accidentes pueden tener consecuencias jurídicas graves para el peatón responsable. En el ámbito legal, cada accidente se evalúa a partir del análisis de la responsabilidad.

¿Cómo se determina si el peatón tuvo la culpa del accidente?

Para determinar si el peatón tuvo culpa, exclusiva o compartida, en el accidente es necesario comprobar si ha existido una conducta antirreglamentaria.

Sus acciones son importantes. Se observará si mostraba un nivel razonable de precauciones, si respetaba las señales de tráfico, si caminaba atentamente, entre otras actitudes.  Si no lo hizo, podría considerarse un peatón negligente y culpable.

También hay que analizar si el conductor del vehículo cumplía con la normativa de tráfico. Especialmente si el accidente ocurrió en un cruce peatonal, se valorará si el vehículo iba a la velocidad permitida, si el conductor conducía distraído o bajo efectos de alcohol o drogas. Estos comportamientos son causantes de atribución de responsabilidad.

Muchas sentencias en España aplican la concurrencia de culpas entre el conductor del vehículo y el peatón atropellado. Las pruebas serán fundamentales en las decisiones.

¿Quién abona las indemnizaciones si el peatón es responsable exclusivo del accidente?

Para que la responsabilidad exclusiva del accidente se atribuya al peatón, el conductor del coche debe estar exento totalmente de culpas. Generalmente, en estos casos el peatón ha realizado alguna acción de tal magnitud que hubiera sido imposible para cualquier conductor evitar el atropello.

Cuando existe culpa exclusiva del peatón, ni el conductor del coche ni su aseguradora tienen que pagar indemnización alguna por los daños que ha sufrido la víctima. Dado que la culpa ha sido exclusivamente del peatón, él deberá hacerse cargo de sus daños y perjuicios. Por lo tanto, deberá pagar todos los gastos de su tratamiento y recuperación.

También deberá indemnizar al conductor y a otras víctimas que hayan sufrido lesiones o si el accidente les ha ocasionado daños materiales. El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de vehículos a motor exime al conductor y, por tanto, a su aseguradora, de pagos a víctimas. 

¿Qué pasa si hay concurrencia de culpas del conductor y el peatón?

Cuando se determina que existe concurrencia de culpas entre el peatón y el conductor, se aplican las mismas reglas que en los accidentes de tráfico de automóviles.

Una vez que se ha establecido que ambos, conductor del vehículo y peatón, son responsables del siniestro, hay que determinar el grado de culpa que se atribuye a cada una de las partes.

El principio general que se aplica es el de la responsabilidad civil extracontractural. Es un principio regulado por el Código Civil y por la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.

La compañía aseguradora o el juez, si el caso está en el ámbito judicial, determinará en qué medida cada parte contribuyó al siniestro. Se realizará un reparto proporcional de las indemnizaciones de acuerdo con este porcentaje asignado a cada parte.

La compañía de seguros del conductor asumirá la parte del pago que corresponde a su cliente. En cuanto al peatón, todo dependerá de si cuenta con algún seguro de responsabilidad civil. Si no es así, deberá responder son su propio patrimonio la parte de las indemnizaciones que le correspondan.

¿Tienen los peatones seguros de responsabilidad civil?

Los seguros de responsabilidad civil no son requisitos obligatorios para los peatones. No todo el mundo tiene un seguro para caminar por las vías públicas. Sin embargo, hay casos en que sí se tienen.

Por ejemplo, este seguro suele estar incluido en pólizas de hogar o multirriesgo en seguros familiares o particulares. También es bastante frecuente que cuenten con seguro de responsabilidad civil algunos trabajadores urbanos de a pie.

La intervención de un abogado especializado en accidentes que implican a peatones es fundamental para garantizar una gestión precisa de las responsabilidades. El profesional organizará las pruebas y preparará la estrategia para defender la posición de su cliente.

Estos accidentes suelen presentar zonas grises donde la culpa es difícil de determinar. El análisis técnico y jurídico de un profesional, resulta clave y protege al implicado frente a reclamaciones desproporcionadas. Garantizará que se reconozcan todos los daños sufridos y negociará para que los derechos de quien representa sean respetados.

Un abogado no solo aporta rigor jurídico, sino que hará valer la documentación probatoria y evitará exclusiones injustificadas. La persona a quien representa se sentirá segura y protegida.

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