
En España, la legislación garantiza los derechos del investigado. Cualquier acusado de un delito tiene derecho a la asistencia de un abogado, tanto en sede policial como judicial.
La asistencia letrada no es obligatoria en los delitos contra la seguridad vial, conforme a lo dispuesto en el artículo 520.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece que “No obstante, el detenido o preso podrá renunciar a la preceptiva asistencia letrada si su detención lo fuere por hechos susceptibles de ser tipificados, exclusivamente como delitos contra la seguridad del tráfico ” (ahora denominados delitos contra la seguridad vial).
Con la excepción de los menores detenidos, a los cuales no les será de aplicación lo establecido en el artículo 520.5 de la LECrim., ya que no podrán renunciar a la asistencia letrada en ningún caso, las diligencias de investigación de deben practicar siempre en presencia de abogado, aunque los hechos sean susceptibles de ser tipificados exclusivamente como delitos contra la Seguridad Vial o el menor no esté detenido, sino en calidad de imputado.
Renuncia de un abogado en un delito contra la seguridad vial
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Incluso en procedimientos civiles, sólo algunos casos de forma excepcional eximen de la necesidad de la presencia del letrado, tales como:
- Procesos civiles por cuantías inferiores a 2000 euros.
- Procesos sociales o laborales ordinarios.
- Expedientación de la tutela o curatela de un individuo.
La necesidad de asistencia letrada se materializa desde el momento en el que se produce la detención y se investiga por la comisión de un delito tipificado en el Código Penal.
De no asignarse de forma libre un abogado particular, el Colegio de Abogados enviará lo antes posible un abogado al lugar donde se encuentre privado de libertad el investigado. Será quien pida asistencia médica, intervenga en las diligencias previas y realice otro tipo de quehaceres.
No obstante, a la par que el Artículo 520 de la LECrim recoge el derecho de asistencia de abogado e, incluso, asistencia jurídica gratuita. También informa en su punto 8 que podrá renuncias a la asistencia letrada, siempre que se cumplan una serie de requisitos:
- Los hechos producidos se tipifican exclusivamente como delitos contra la Seguridad Vial.
- Se ha informado al investigado con todo aquello que necesita conocer de forma clara y convincente.
- Se ha usado un lenguaje sencillo, adaptado a su idioma en caso de necesidad, con la certeza de que haya comprendido todo lo citado.
- Conoce las consecuencias de renunciar al letrado.
Aunque el investigado llegase a renunciar de la asistencia de su abogado, siempre tendría el derecho de volver a solicitarlo si más adelante lo estima conveniente para la defensa de sus intereses y para que el proceso se desarrolle con las debidas garantías y, en cualquier caso, si se renuncia a la asistencia letrada en sede policial, lo recomendable es no realizar manifestaciones ni declaraciones que puedan comprometer una ulterior defensa en sede judicial.
Juicios rápidos ¿es necesaria la asistencia de un abogado?
La asistencia letrada en un juicio rápido por delito contra la seguridad vial es preceptiva, es decir obligatoria. Además de ser obligatoria es recomendable asistir con un abogado especializado en delitos contra la seguridad vial.
De la estrategia de defensa que siga el abogado dependen las consecuencias derivadas de estos procesos. Será fundamental la negociación que entable con el Ministerio Fiscal, poniendo de manifiesto todos los elementos que favorezcan una reducción de la pena.
Delitos contra la seguridad vial cometidos por menores de edad
Cuando la conducta antijurídica sea realizada por un menor de edad, se excluirá toda posibilidad de poder renunciar a su defensa legal. Por tanto, el artículo 520.8 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no es aplicable.
Diferencias entre contratar un abogado particular o uno de oficio para un delito contra seguridad vial
La principal diferencia es que el abogado particular se elegirá de forma libre pudiendo priorizar su experiencia, preparación, capacitación, confianza que transmite, y el abogado de oficio será impuesto por el Colegio de Abogados, sin posibilidad de elección.
El abogado particular le recibirá en su despacho unos días antes de la celebración del juicio. Estudiará el expediente y toda la documentación que le pueda aportar, preparando con antelación la defensa que mejor se adapte a sus intereses.
El abogado de oficio le asistirá en el mismo acto del juicio reduciéndose el tiempo para preparar la defensa.
Se le informará con detalle de la forma en que se desarrollará el juicio, así como de la actitud que debe mostrar, como debe ir vestido, la forma de comportarse y lo que debe declarar en cada momento, minimizando los imprevistos y las sorpresas de última hora y aumentando la probabilidad de resolver el pleito de la mejor manera posible.
El abogado de oficio dispone de un tiempo limitado para este tipo de asesoramiento y se centrará en lo fundamental de la defensa.
Desde la primera consulta en el despacho, el abogado particular le facilitará un presupuesto por los servicios a prestar, que estará en función del grado de dificultad de la defensa y los trabajos que se deben desempeñar.
En ocasiones, es necesario coordinar el trabajo del abogado con otros profesionales:
- Peritos especialistas en la reconstrucción de accidentes.
- Peritos médicos, para poder discutir el grado de culpa o la entidad de las lesiones, y reducir la responsabilidad penal que se derive del delito.
Si designa un abogado de oficio y no cumple los requisitos económicos, el abogado emitirá una minuta por la prestación de los servicios realizados, la cual conocerá una vez finalizado el juicio.
Una vez finalizado el juicio rápido el abogado particular le mantendrá informado de las resoluciones judiciales que se dicten así como de los posibles recursos y acciones que se puedan emprender.
Una vez firme la sentencia, de ser condenatoria, le mantendrá informado del proceso de ejecución de la pena, resolviendo los incidentes que se puedan producir.
El abogado de oficio, una vez finalizado el juicio cursará la minuta y habrá terminado el servicio.
Para defender sus intereses en caso de verse involucrado en un delito contra la seguridad vial, lo más recomendable es acudir a un abogado especialista en accidentes de tráfico.
En Rodriguez Escudero Abogados tenemos amplia experiencia en esta materia, habiendo resuelto numerosos casos de forma satisfactoria.
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