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Indemnización por lesiones temporales en accidentes de tráfico: baremo 2026 actualizado

En enero de 2016 entró en vigor el nuevo Baremo de Accidentes de Tráfico, regulado por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, que modificó el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Real Decreto Legislativo 8/2004). Su finalidad es lograr la total indemnidad de los daños y perjuicios padecidos, situando a la víctima en una posición lo más parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente.

Desde entonces, las cuantías indemnizatorias se actualizan cada año el 1 de enero, conforme al artículo 49.1 de la citada Ley, que establece un mecanismo de revisión automática. Hasta 2025, esta actualización estaba vinculada al Índice de Revalorización de las Pensiones (IPR). Sin embargo, la Ley 5/2025, de 24 de julio, que supuso una reforma profunda del sistema, modificó este mecanismo: desde 2026, la actualización se desvincula de las decisiones políticas sobre pensiones y se liga directamente al Índice de Precios al Consumo (IPC), con el objetivo de que las indemnizaciones no pierdan poder adquisitivo frente al coste de vida.

Para 2026, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicó en el BOE la Resolución de 3 de febrero de 2026, fijando una subida del 2,9% sobre las cuantías de 2025, aplicable a todos los accidentes desde el 1 de enero de 2026.

¿Qué son las lesiones temporales y cómo se indemnizan?

Las lesiones temporales son aquellas que afectan a la víctima durante el proceso de curación, desde la fecha del accidente hasta la estabilización de las lesiones (momento en que se concede el alta médica o las lesiones se convierten en secuelas). La indemnización por este concepto es compatible con las demás partidas indemnizables, como las secuelas, el lucro cesante o los gastos de asistencia sanitaria.

El cálculo es relativamente directo: se multiplica el número de días de curación por el importe diario que corresponde según el tipo de perjuicio sufrido. De ahí la importancia de que el seguimiento médico quede correctamente documentado en los informes clínicos, ya que cada día debe poder acreditarse ante la aseguradora o ante el juez.

Los cuatro grados de perjuicio personal: cuantías vigentes en 2026

El Baremo distingue cuatro categorías, atendiendo a la gravedad del perjuicio sufrido por la víctima durante su recuperación:

Perjuicio personal básico — 39,20 €/día

Es el periodo comprendido entre la fecha del accidente y la estabilización de las lesiones. Cubre todos los días del proceso curativo, incluso aquellos en que la víctima puede seguir realizando sus actividades habituales con normalidad. Es la categoría mínima garantizada: todos los días de curación deben indemnizarse al menos a este importe, sin excepción.

Perjuicio personal particular moderado — 67,96 €/día

Corresponde al periodo en que el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal, como la actividad laboral o el ejercicio de sus aficiones habituales. Un ejemplo típico son los días de baja laboral.

Una víctima que precise 30 días de curación bajo perjuicio moderado percibiría, con el baremo de 2026, 2.038,80 €, frente a los 1.981,20 € de 2025.

Perjuicio Personal Particular Grave — 98,02 €/día

El lesionado pierde su autonomía personal de forma temporal para realizar la mayor parte de las actividades esenciales de su vida ordinaria. El ejemplo más habitual son los días de hospitalización. Se trata de un perjuicio de notable entidad que la ley remunera a una cuantía significativamente superior.

Perjuicio Personal Particular Muy Grave — 130,69 €/día

Representa el mayor perjuicio posible durante la recuperación: la víctima pierde su autonomía para realizar prácticamente la totalidad de las actividades esenciales de su vida ordinaria. El caso paradigmático es el ingreso en una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Cada día en esta situación genera derecho a la cuantía máxima prevista en el baremo.

En cualquier caso, para realizar una valoración de las lesiones temporales ajustada a la legislación vigente es recomendable que sea reconocido por un médico especialista en la valoración del daño corporal y se ponga en manos de un despacho de abogados especialista en accidentes de tráfico que reclame la indemnización que le corresponda conforme a derecho.

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