Abogados delito de lesiones en Getafe

El despacho de abogados Rodríguez Escudero ofrece sus servicios jurídicos en Getafe. Si se ve inmerso en un proceso judicial por un delito de lesiones, nuestros expertos juristas en derecho le prestarán la asistencia necesaria. Además, le asesorarán a lo largo de todo el proceso. Hemos desarrollado estrategias a lo largo de los años para afrontar todo tipo de asuntos legales como consecuencia de los delitos de lesiones.

Las denuncias por delitos de lesiones pueden venir tanto por acción como por omisión. Esto es, tanto si es el causante de las lesiones como si no presta la debida atención al perjudicado. En cualquiera de los casos, la sanción podría llegar a acarrear responsabilidades civiles o penales, por lo que contar con los servicios de un abogado experto en delitos de lesiones resulta fundamental.

En Rodríguez Escudero Abogados creemos que la justicia debe ser igual para todos, por lo que nuestro ámbito de actuación será tanto de defensa como de acusación. Y, en base a la información que nos proporcione, tendrá total asesoramiento para velar que sus derechos no sean vulnerados.

Abogado delito lesiones Getafe

Delito de lesiones: definición, agravantes, tipos, elementos que intervienen y lesiones consentidas.

Los delitos de lesiones se regulan en los Artículos del 147 al 156 del Código Penal. En estos artículos se establece que cualquier acción que afecte a la salud, ya sea física o mental de una persona, siempre que se requiera de asistencia médica o quirúrgica, será considerada como delito de lesiones. Asimismo, se tendrá en consideración el medio utilizado para ocasionar las lesiones:

  • Sustancias tóxicas para la salud.
  • Ausencia conductual.
  • El uso de instrumentos potencialmente dañinos.
  • Fuerza física excesiva.

Tipo agravado en materia de lesiones

Todos los casos mencionados anteriormente incurrirán en delito de lesiones con agravante. También incurrirán en este precepto las lesiones que, por su gravedad, ocasionen la pérdida de un órgano. En estas situaciones, el agresor deberá cargar con los costes derivados de la asistencia médica, tales como trasplantes, operaciones, ingresos, etc., además de la partida indemnizatoria correspondiente.

También cabe destacar que un delito de lesiones se puede categorizar dentro de los llamados “delitos de odio”. Estos son los cometidos contra inmigrantes, contra el colectivo LGTBIQ+, contra mujeres o contra grupos vulnerables (personas con lazos afectivos o con discapacidad).

Se trata de situaciones, en ocasiones, de mucha complejidad. Pudieran darse casos en los que se incurra en delito de lesiones sin que la víctima sea consciente de ello. Por lo que contar con los servicios de un abogado que le acompañe y asesore se hace algo fundamental.

Por todo ello, si se ve inmerso en un litigio de esta índole, en Rodríguez Escudero contamos con un equipo de abogados en Getafe, expertos en delitos de lesiones.  Uno de nuestros letrados analizará su situación, coordinarás las intervenciones de peritos o asistencia médica y velará por que no se vulneren sus derechos.

Tipos de lesiones

  • Dolosas. Son aquellas lesiones que han sido cometidas a conciencia, es decir, cuando el agresor es consciente de la acción que está llevando a cabo y sus posibles resultados.
  • Imprudentes. Se considera lesión por imprudencia toda aquella producida como resultado de una vulneración o incumplimiento de las leyes.

¿Qué elementos intervienen en un delito de lesiones?

Para que se incurra en delito de lesiones, tienen que evidenciarse estos cuatro elementos:

  • Se considera que cualquier persona puede cometer un delito de lesiones. Es lo que se denomina sujeto activo.
  • No obstante, existe también un sujeto pasivo. Tiene que ser una persona distinta del sujeto activo, ya que, por ejemplo, las autolesiones no pueden suponer una acción punible.
  • La lesión producida, independientemente del medio que la ocasione, es la llamada acción típica. Dicho de otro modo, es la manera por la que se produjo la lesión física o psicológica al sujeto pasivo.
  • El objeto material. Es el objeto afectado, en este caso el cuerpo humano.

Consentimiento de una lesión.

El Artículo 155 del Código Penal establece que para que exista consentimiento deben darse tres factores. En primer lugar, este tiene que haber sido otorgado de manera libre, sin haber recibido condicionantes externos; en segundo lugar, debe ser válido, ser mayor de edad; por último, ha de ser autorizado expresamente, excluyendo los consentimientos tácitos e implícitos.

No obstante, en el Artículo 156 del Código Penal se establece que el consentimiento podrá ser punible si se hubiera realizado de manera viciosa (a través de la intimidación, engaño, fraude o utilizando la violencia), si se hubiera concedido a cambio de recompensa o precio o si el que lo otorga es menor de edad o tiene algún tipo de incapacidad.

Como se observa, estos casos pueden llegar extremadamente complejos e incurrir en preceptos de los que podemos no ser conscientes. Por este motivo es fundamental contar con asesoramiento jurídico de calidad. En Rodríguez Escudero contamos con abogados expertos en Derecho Penal que le ayudarán en todo lo que necesite para resolver su situación.

Consulta tu caso de forma totalmente gratuita

Un proceso penal suele ser una situación compleja y traumática para los involucrados, por lo que en Rodríguez Escudero Abogados entendemos que pensar en los posibles gastos no debe suponer un motivo de preocupación añadido.

Le ofrecemos un primer análisis de su situación totalmente gratuito en el que se le expondrán los posibles pros y contras a la hora de iniciar el litigio. Uno de nuestros abogados expertos en delitos de lesiones resolverá todas las dudas que se le planteen y le aconsejará de la mejor manera posible.

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Honorarios y servicios contratados

Nuestros abogados coordinarán todas las intervenciones médicas necesarias. En caso de necesidad, recibirá asistencia médica integral por las lesiones que haya sufrido.

Asimismo, también trabajamos con peritos especialistas en la valoración del daño corporal. Estos aportarán toda la información necesaria para que el abogado que lleve su caso establezca la mejor estrategia de actuación posible.

Nuestros honorarios están establecidos bajo los criterios recomendados por el Colegio de Abogados. Por este motivo solamente tendrá que abonar lo mínimo establecido en base al trabajo realizado.

Contacte con nosotros sin compromiso

Rodríguez Escudero Abogados es un despacho de abogados que se preocupa por los problemas de sus clientes. Por ello, atendemos su proceso penal con total dedicación y profesionalidad.

Puede encontrar nuestro despacho de abogados ubicado en Plaza Castilla nº3, 4ºC-1 (Madrid). Si acude presencialmente, le atenderemos encantados y le resolveremos todas las dudas que tenga sobre su proceso penal.

En la primera consulta realizaremos sin coste alguno un estudio de viabilidad personalizado que le permitirá sentar la base para abordar el proceso con todas las garantías.

En caso de que prefiera no acudir presencialmente a nuestra sede en Madrid, puede ponerse en contacto con nosotros por otros medios. Ya sea vía email o mediante nuestro número de teléfono le atenderemos con la máxima eficacia y profesionalidad a fin de tramitar su proceso de forma óptima y garantizando los mejores resultados.

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