Abogados delitos contra el patrimonio en Getafe
El despacho de abogados Rodríguez Escudero pone a su disposición un equipo de expertos en delitos contra el patrimonio en Getafe.
Somos uno de los bufetes de referencia en Madrid. Contamos con una experiencia de más de veinte años, lo que supone una garantía para la defensa de sus derechos e intereses. Esta experiencia ha hecho que contemos con departamentos especializados en varias ramas del derecho.
Le ofrecemos un servicio íntegro, no solamente a nivel legal: si su situación lo requiere, tendrá derecho a una asistencia médica o pericial completa. Buscamos ofrecerle un trato de calidad, absolutamente personalizado. Por este motivo, rechazamos trabajar con compañías aseguradoras que puedan derivar en conflictos de intereses para nuestros clientes. Así, el abogado que lleve su caso será el encargado de coordinar todas estas asistencias hasta diseñar la mejor estrategia de defensa para usted.
Consúltenos su caso sin compromiso. Le ofrecemos una primera consulta totalmente gratis. En ella analizaremos su caso y le expondremos las ventajas y riesgos de iniciar un proceso de manera totalmente transparente.
¿Qué son los delitos contra el patrimonio?
Contenidos
Los delitos contra el patrimonio están recogidos en el Código Penal. Según el Título XIII del citado Código se consideran delito contra el patrimonio todas aquellas acciones que atentan contra los bienes de las personas, causando en ellas un perjuicio.
Aunque existe un amplio abanico de acciones punibles que se catalogan dentro de este Título, las más comunes serían las siguientes:
Delito de robo
Artículos 237 al 242 del Código Penal
Se considera delito de robo a todas las acciones de apropiación de un bien o propiedad ajena. Y, en este caso, se considera delito patrimonial debido a que el acto afecta a un bien jurídico. No obstante, también aclara que para que un acto de este tipo se considere como robo, en lugar de hurto, este se tiene que haber ejecutado mediante el uso de la fuerza o la intimidación.
Se trata, por tanto, de una acción punible que trasciende el delito de hurto. Por tanto, tiene la consideración de delito penal y acarrea penas de:
- Robo con intimidación o violencia: de dos a cinco años de prisión.
- Robo con fuerza: de uno a tres años de prisión.
En el bufete Rodríguez Escudero, queremos ofrecerle nuestros servicios si se ve inmerso en una situación de esta índole. Nuestros abogados penalistas expertos en delitos contra el patrimonio en Getafe analizarán su caso y velarán por que se cumplan sus derechos personándose tanto para defensa como acusación.
Delito de hurto
Artículos 234 al 236 del Código Penal
Se podría considerar como el tipo atenuado del delito de robo, no por ello exento de responsabilidad. El Código Penal considera hurto la sustracción de cualquier bien ajeno en contra de la voluntad del legítimo propietario, sin mediar fuerza sobre las cosas ni intimidación.
Los delitos de hurto, a su vez, se catalogan en tres tipos:
- Básico: por el que se imputan penas de privación de la libertad durante un periodo comprendido entre seis y dieciocho meses, en caso de que el bien sustraído exceda de 400€.
- Leve: con penas de prisión de uno a tres meses si el bien sustraído no alcance los 400€ (excepto si cumple con alguna de las circunstancias recogidas en el Artículo 235 para casos agravados).
- Agravado: son hurtos de bienes que se encuentran especialmente protegidos por el Código Penal debido su especial interés, como bienes de interés cultural, bienes de primera necesidad, objetos con valor artístico, etc. Este tipo de hurto está castigado con penas de prisión de uno a tres años.
No dude en consultarnos su situación si cree ser víctima de un delito de esta índole. Uno de nuestros abogados le atenderá y resolverá todas sus dudas, y analizará su caso en una primera consulta totalmente gratuita.
De las defraudaciones
Artículos 248 al 256 del Código Penal
Dentro de las defraudaciones se engloban una serie de actos delictivos, tales como el fraude energético, la estafa o la apropiación indebida:
- La estafa: se define como todo acto de engaño con ánimo de lucro a otra persona. Acarrea penas de seis meses a tres años de prisión en caso de exceder los 400€, y multa de uno a tres meses en caso de no exceder esa cantidad.
- Un fraude: se considera a toda acción en la que se incumple un contrato público o privado con el fin de obtener algún beneficio y perjudicando el interés de otro. Existen múltiples delitos de fraude, por lo que las penas varían mucho en función del tipo.
- La apropiación indebida: es toda acción en la que una persona se agencia de un objeto que le ha sido confiado, causando un daño patrimonial. Es castigada con penas de cárcel que van desde los seis meses hasta los tres años.
Rodríguez Escudero: abogados expertos en delitos patrimoniales en Getafe
Queremos ofrecerle la mejor asistencia jurídica posible y velar por el cumplimiento de la ley y el respeto de los derechos. En Rodríguez Escudero consideramos que la justicia debe estar al alcance de todas las personas. Por este motivo, nuestra metodología de trabajo se adapta a cualquier situación.
Le ofrecemos la posibilidad de realizar un primer estudio de viabilidad de su caso de forma totalmente gratuita y sin compromiso. Analizaremos su situación y resolveremos todas sus dudas, dándole una visión clara de las implicaciones de este tipo de litigios.
Nuestros honorarios se fijarán de acuerdo con la complejidad del asunto y los trabajos realizados, tomando como referencia los criterios orientadores de honorarios del colegio de Abogados.
En ocasiones, nuestros abogados en delitos patrimoniales mediarán y llegarán a acuerdos sin necesidad de iniciar procesos judiciales. De esta manera se pueden evitar sobrecostes derivados del juicio, así como la prolongación en el tiempo de dicho proceso. Buscaremos la mejor solución con eficacia y transparencia.
Contacte con nosotros sin compromiso
Rodríguez Escudero Abogados es un despacho de abogados que se preocupa por los problemas de sus clientes. Por ello, atendemos su proceso penal con total dedicación y profesionalidad.
Puede encontrar nuestro despacho de abogados ubicado en Plaza Castilla nº3, 4ºC1 (Madrid). Si viene presencialmente, le atenderemos encantados y le resolveremos todas las dudas que tenga sobre su proceso penal.
En la primera consulta realizaremos sin coste alguno un estudio de viabilidad personalizado que le permitirá sentar la base para abordar el proceso con todas las garantías.
En caso de que prefiera no acudir presencialmente a nuestra sede en Madrid, puede ponerse en contacto con nosotros por otros medios. Ya sea vía email o mediante nuestro número de teléfono le atenderemos con la máxima eficacia y profesionalidad a fin de tramitar su proceso de forma óptima y garantizando los mejores resultados.